Pasar al contenido principal

Estudiantes no comunitarios

Aquí os facilitamos la información sobre las gestiones que debéis hacer si sois estudiantes no comunitarios y queréis acceder a la Universitat Ramon Llull.

Obtención de la primera autorización

Obtención de la primera autorización

ANTES DE VIAJAR A ESPAÑA

Todos los estudiantes no comunitarios deben solicitar el correspondiente visado de estudios a la misión diplomática u oficina consular española en el país de origen.
 

AL LLEGAR A ESPAÑA

  • Estudiantes con visado de estudios inferior a 6 meses de duración: no es necesario hacer ninguna otra gestión.
  • Estudiantes con visado de estudios superior a 6 meses de duración: deberán solicitar una primera autorización de estancia.
    1. Para solicitar la primera autorización de estancia se dispone de un plazo de un mes desde la fecha de entrada a la Unión Europea que consta en el pasaporte.
    2. Toda la documentación debe presentarse en una lengua oficial (español o catalán).
    3. Debe presentarse la siguiente documentación en cualquier Comisaría de la localidad del estudiante (mediante cita previa):
      • Impreso oficial (hoja EX17) y copia
      • Pasaporte original y copia
      • Visado original y copia (a tramitarse en la misión diplomática u oficina consular española en el país de origen)
      • Fotocopia del sello de entrada en la UE o billete de avión (tarjeta de embarque)
      • Carta de matrícula de la universidad donde se indique también la duración de los estudios
      • Tres fotografías recientes en color, sobre fondo blanco y tamaño carné
      • Certificado de empadronamiento
      • Seguro de enfermedad que cubra los gastos médicos durante la estancia y dos copias. Aunque con la nueva ley de extranjería el seguro de repatriación ya no es necesario, es recomendable tener uno.
      • Pago de tasas: Tasa 790 Código 012: Opción "TIE que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal, de estancia o para trabajadores transfronterizos".

La comisaría expedirá un resguardo oficial de la tarjeta. La Tarjeta de Autorización de Estancia por Estudios se recibirá entre uno y dos meses después del trámite. Su validez dependerá del período de estudios o de la finalización del curso académico.

Renovación de la autorización

Renovación de la autorización

La renovación de la tarjeta de estudiante se debe tramitar dentro de los sesenta días anteriores a su caducidad.

Desde la entrada en vigor de la Ley 39/2015, las solicitudes de renovación del permiso de estancia por estudios deben renovarse de una de las siguientes formas:

  1. DE FORMA TELEMÁTICA:
    - con certificado digital (se puede obtener en IDCAT) a través de la plataforma MERCURIO 
     
  2. DE FORMA PRESENCIAL:
    - En el Registro General de la Delegación del Gobierno en Cataluña (c. Bergara, 12)
    - En el Registro Auxiliar nº 1 de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona (c. Mallorca, 278)


La documentación a presentar es la siguiente:

  • Impreso oficial (hoja EX00) y copia
  • Pasaporte en vigor y fotocopia (no entregar el original)
  • Original y copia de la Tarjeta de Autorización de Estancia por Estudios por las dos caras (no entregar el original)
  • Certificado de medios económicos y copia
  • Seguro de enfermedad que cubra los gastos médicos durante la estancia (asociados a un accidente o enfermedad) y 1 copia. Debe ser un seguro sanitario privado con cobertura idéntica a la del Sistema Nacional de Salud, sin que consten limitaciones, ni temporales ni económicas, respecto a las coberturas, ni copagos o períodos de carencia, ni cláusulas de reintegro de cantidades con posterioridad a la prestación de un servicio, aportando justificante conforme se encuentra al corriente en el pago del mismo.
  • Carta de la facultad donde conste que el estudiante está matriculado para este curso académico y que ha demostrado aprovechamiento y 1 copia.
  • Carta de la facultad donde conste que el estudiante está matriculado para el curso académico siguiente y 1 copia.
  • Si se produce un cambio de domicilio, es necesario presentar un nuevo certificado de empadronamiento.
  • Pago de tasas: Tasa 790 Código 012: Opción "TIE que documenta la renovación de la autorización de residencia temporal, de estancia o para trabajadores transfronterizos".

Una vez que el expediente sea favorable, habrá que ir a la comisaría de policía para finalizar la tramitación de la renovaci


IMPORTANTE:

  • Cuando se aporten documentos de otros países éstos deberán estar traducidos (por traductor jurado) al español o a la lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.
  • Es importante quedarse con una copia de toda la documentación presentada.

Contacto

Oficina de Relaciones internacionales y estudiantes URL
c/ Claravall, 1-3. 08022 Barcelona
Tel. 936 022 231